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Tasas de IVA: Descubre qué porcentaje aplicar en tus facturas 🧑🏻‍💻

Escrito por Andrea Argüelles | 19 de julio de 2023 07:30:00 PM Z

En el mundo de la facturación, el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) juega un papel fundamental. A la hora de emitir una factura, es importante conocer qué porcentaje de IVA aplicar para evitar errores y así puedas cumplir con tus obligaciones fiscales. ☝🏼

 

Para que logres lo anterior, te mencionaremos las diferentes tasas de IVA que existen y algunos ejemplos de los productos y servicios que entran en cada una de ellas. 🔍

 

Las tasas de IVA vigentes en México son las siguientes:

 

- Tasa 16%: Esta es la tasa general y es aplicable a la mayoría de los bienes y servicios en el país. 

 

- Tasa 8%: Reducción de la tasa general, la cual aplica a los municipios fronterizos del país. Ésta es considerada como un estímulo fiscal para los contribuyentes que viven en estas áreas y que realizan actividades como enajenación de bienes, prestación de servicios y otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.

 

- Tasa 0%: Este tipo de tasa no considera un cargo adicional en la totalidad de la actividad comercial llevada a cabo. Algunos ejemplos que entran dentro de la tasa 0% son los siguientes:

Enajenación (venta)

 

- Animales y vegetales

- Medicamentos de patente

- Hielo y agua no gaseosa
- Productos destinados a la alimentación animal y humana
- Ixtle, palma y lechuguilla
- Tractores para implementos agrícolas
- Fertilizantes utilizados para el campo
- Oro, joyería orfebrería
- Libros, periódicos y revistas
- Toallas sanitarias, tampones y copas menstruales

 

Prestación de servicios

 

- Agricultores y ganaderos
- Molienda de grano (maíz o trigo)
- Pasteurización de leche
- Reaseguros
- Suministros de agua
- Exportación de bienes y/o servicios
- Despepite de algodón
- Invernaderos hidropónicos

 

Es fundamental tener en cuenta que, en relación a los puntos mencionados anteriormente, la legislación contempla una serie de excepciones en las cuales no se aplica la tasa del 0%. Por lo tanto, es crucial que revises detalladamente si la actividad comercial en la que te enfocas se encuentra incluida en alguno de estos casos excepcionales.

 

- IVA exento:


IVA en las que se deja sin efecto el impuesto sobre una actividad económica, por lo tanto, éstas no causan impuesto. Algunos ejemplos de las actividades económicas que entran en esta categoría son:

 

- Educación 
- Transporte público terrestre para personas en zonas urbanas, suburbanas y zonas metropolitanas
- Transporte marítimo 
- Donativos
- Enajenación de dinero
- Sorteos
- Libros, periódicos y revistas, así como el derecho de usar o explotar el material en cuestión
- Seguros contra riesgos agropecuarios
- Servicios profesionales de medicina, hospitalarios de radiología, laboratorios y estudios clínicos

 

Para estar seguro de que estás cumpliendo con tus obligaciones fiscales, es importante tener en cuenta las diferencias entre la tasa 0% y el IVA exento. La primera sí grava impuesto pero no genera un costo adicional al consumidor, mientras que la segunda no causa impuesto, por lo tanto no genera obligación de pago para el consumidor ni tampoco el derecho de ser acreditado.

 

 

Ahora que tienes una comprensión más clara de los diferentes porcentajes y ejemplos de productos y servicios asociados a cada tasa, estarás mejor preparado para emitir tus facturas correctamente y cumplir con tus obligaciones fiscales. 💯 💼

 

Recuerda que el IVA es un aspecto importante en la facturación, por lo que es fundamental mantenerse actualizado sobre cualquier cambio en las leyes fiscales y consultar a un experto si tienes dudas específicas. Esto te ayudará a evitar posibles multas o penalizaciones.

 

Esperamos que esta información te haya sido útil y te invitamos a seguir explorando nuestro blog para obtener más consejos y conocimientos relacionados con la facturación y los impuestos. 🙌🏼 🤓

 

¡Te deseamos mucho éxito en tu trayectoria empresarial!

 

Bibliografía: "Secretaría de servicios parlamentarios. 2021. Ley del impuesto al valor agregado. Artículo 2do. Recuperado el 2023 de "Diputados.gob": https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIVA.pdf"

 

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